Un tercio de los juicios que se realizan al año en España son por delitos contra la seguridad vial, y en la mayoría de ellos por conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas. También destacan los juicios por superar el límite máximo de la velocidad permitida. En conjunto, el año pasado 2021 se registró el mayor número de delitos contra la seguridad vial de los últimos 10 años.
Conducir si has bebido alcohol no es buena idea. De hecho, coger el vehículo bajo los efectos del alcohol es considerado delito a partir de 0,6 mg/l de aire espirado o 1,2 g/l en sangre, tal y como recoge el Código Penal.
Es más, negarse a someterse a la prueba de alcoholemia es también un delito: está penado con prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años. JR Abogados, expertos en juicios rápidos por alcoholemia: “Es por ello por lo que, si un agente les detiene, es preferible someterse a las pruebas de alcoholemia que negarse a ello, pues las consecuencias son peores en caso de negarse a soplar”.
Igualmente, siempre es preferible someterse al control de alcoholemia, ya que en caso de dar positivo la sanción pueden no estar asociado a una pena de cárcel, si no que simplemente puede ser una multa, la retirada de puntos del carnet de conducir y/o trabajos en beneficios de la comunidad. En cuanto a negarse a someterse al control de alcoholemia, siempre está asociado a una pena de cárcel.
Positivo en alcohol. Multas y pérdida de puntos del carnet
Si nuestro vehículo es dado el alto por los agentes de tráfico, y se pide someternos a la prueba de alcoholemia, siempre deberemos acceder. Si el resultado es positivo, las sanciones varían en función del grado.
Así, superar los 0,25 mg/l hasta los 0,50 mg/l conlleva una sanción administrativa que nos supondrá un importe de 500€, con la retirada de hasta 4 puntos del carnet de conducir. Si superamos los 0,50 mg/l la multa aumenta hasta los 1.000 euros y 6 puntos del carnet.
Y cuidado para aquellos conductores que ya fueron sancionados por exceder la tasa máxima en el año inmediatamente anterior: Tendrá que pagar una sanción directamente de 1.000 euros y la retirada de 4 o 6 puntos según la tasa de alcohol.
En cuanto a las penas de prisión por superar la tasa de alcohol permitida al volante (artículo 779.1 del Código Penal), en este otro artículo sobre juicios rápidos por alcoholemia podéis ampliar la información.
Los delitos contra la seguridad vial están detrás de una de cada cuatro condenas a adultos en 2021, según los últimos datos registrados por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Y es que tras la salida de la pandemia de la Covid-19 se han multiplicado los delitos contra la seguridad vial. Esto se debe posiblemente por el efecto rebote asociado al fin de las restricciones de movilidad en toda España.